ESPAÑA VULNERÓ LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS NIÑOS REPATRIADOS A MARRUECOS EN AGOSTO DE 2021

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El Tribunal Superior de Justicia desestima el primero de los dos recursos de apelación
interpuestos por Delegación de Gobierno y la Ciudad Autónoma de Ceuta y confirma la
orden de su regreso a España
España, 29 de junio de 2022. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha notificado hoy a las
partes la desestimación de uno de los dos recursos de apelación interpuestos por la Delegación del
Gobierno en Ceuta y por el Gobierno de la Ciudad Autónoma frente a sendas sentencias dictadas el
pasado febrero por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 1 de Ceuta. En concreto, el que hoy
se resuelve es el recurso de apelación planteado frente a la sentencia dictada en el recurso para la
protección de derechos fundamentales 139/2021, interpuesto por la Asociación Coordinadora de
Barrios en representación de 8 menores que llegaron solos a España y se vieron afectados por las
repatriaciones sin garantías iniciadas por la Delegación de Gobierno de Ceuta entre los días 13 y 15 de
agosto.
Aún se encuentra pendiente de resolución el recurso de apelación interpuesto por las dos mismas
administraciones frente a la sentencia dictada en el recurso para la protección de derechos
fundamentales 137/2021, en el que Coordinadora de Barrios y Fundación Raíces representaron a otros
12 niños en similares circunstancias.
Estos 20 niños entraron en Ceuta, sin la protección de ningún adulto, cruzando la frontera del Tarajal
abierta por el Reino de Marruecos en mayo de 2021. Al estar en situación de desamparo, fueron
acogidos por el área de infancia de la Ciudad Autónoma de Ceuta, siendo alojados primero en naves
industriales en el Polígono Industrial del Tarajal y después en el Polideportivo Municipal de Santa
Amelia, donde residieron hasta el comienzo de las repatriaciones sin garantías el 13 de agosto.
En aquellos días de agosto, ante el miedo de ser expulsados a Marruecos, ochenta menores, entre ellos
estos veinte, designaron a abogadas de, entre otras, Fundación Raíces y Coordinadora de Barrios para
su defensa.
El trabajo conjunto de las organizaciones Andalucía Acoge, Coordinadora de Barrios, Elin, Ex Menas
Madrid, Fundación Raíces, Gentium, Maakum y No Name Kitchen para denunciar por distintas vías la
ilegalidad de estas repatriaciones ejecutadas por Delegación de Gobierno en Ceuta, desembocó, entre
otros, en estos dos procedimientos.
En ellos, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Ceuta ordenó, en agosto de 2021,
paralizar cautelarmente las repatriaciones sin garantías y dictó sentencia, en febrero de 2022,
declarando que la actuación de la Administración al repatriar a estos menores se había realizado sin
amparo legal alguno y con vulneración del derecho a la integridad física y moral y a no ser sometido a
tratos inhumanos y degradantes reconocido en el artículo 15 de la Constitución Española.

Frente a esas dos sentencias del Juzgado, la Delegación del Gobierno en Ceuta y el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Ceuta interpusieron sendos recursos de apelación, el primero de los cuales ha
sido ahora desestimado por el Tribunal Superior de Justicia.
En esta sentencia, el TSJ vuelve a acoger la tesis de las entidades demandantes y del Ministerio Fiscal,
declarando que “la actuación de la Administración, exenta de las mínimas garantías procedimentales
exigibles, conjuró una situación objetiva de riesgo relevante para la integridad física o moral de los
MENAs afectados por las medidas de devolución”, aclarando que para considerar infringido el derecho
a la integridad física o moral y otorgar el oportuno amparo judicial basta con acreditar una situación
objetiva de puesta en peligro de esos bienes jurídicos fundamentales, lo que concurre en este caso
dado que, además, los actos propios de la Administración demandada hicieron imposible el
seguimiento de trazabilidad de las medidas de retorno que aplicó.
Además, el TSJ desestima la invocación de situación excepcional realizada por las administraciones
recurrentes, afirmando que “el carácter súbito y masivo e ilegal de la entrada en Ceuta en la
primavera del pasado año de miles de ciudadanos del Reino de Marruecos en absoluto autorizaba al
Reino de España excusar su sometimiento al imperio de la Ley”.
Ratifica el TSJ lo ya declarado por el Juzgado de lo Contencioso, en relación a que la “Delegación del
Gobierno en Ceuta además de no individualizar los expedientes de retorno por cada menor afectado,
omitió todos los trámites esenciales y cautelas procedimentales de obligado cumplimiento para la
repatriación que recogen el art. 35 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y
libertades de los extranjeros en España y su integración social (LOEX), así como los arts. 189 a 195 del
Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000,
sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley
Orgánica 2/2009 (RELOEX)”.
Finalmente, ratifica el TSJ que “el Acuerdo de Cooperación hecho en Rabat el 6 de marzo de 2007 no
desplazaba, excepcionaba ni sustituía a la legislación interna e internacional sobre MENAS, sino que
venía a complementarla o implementarla, siendo buena prueba de ello la alusión expresa que efectúa
el art. 5.1 de dicho Acuerdo a la “observancia estricta de la legislación española, las normas y
principios del derecho internacional y lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño””.
Por el contrario, el TSJ, a pesar de reconocer que se han omitido todos los trámites del procedimiento,
considera que no consta acreditada la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y a la libertad
personal de los menores, desestimando los recursos de las entidades demandantes en este extremo.
Las entidades demandantes, y los niños a quienes representan, quedan ahora a la espera de recibir la
sentencia relativa al recurso aún pendiente, en la confianza de que será resuelto en similares términos,
así como a la expectativa de comprobar si las administraciones demandadas se aquietan a la decisión
del Tribunal o interponen recurso ante el Tribunal Supremo. Además, aún continúa en tramitación ante
el Juzgado de
lo Contencioso-administrativo nº 2 de Ceuta, un tercer recurso
contencioso-administrativo, interpuesto en representación de otros 7 menores de los repatriados el
pasado agosto.

Según Javier Baeza, Presidente de Coordinadora de Barrios, “la sentencia recuerda a las autoridades
que no puede haber recortes en los Derechos de la infancia. Ahora queda restaurar el daño causado a
los niños afectados, reconstruir su confianza  y asegurar que algo así no vuelva a pasar.”
Según Patricia Fernández, abogada de Coordinadora de Barrios “el pronunciamiento de la Justicia es
claro, el control de la frontera no puede ser una excusa para excepcionar la aplicación del Derecho. Ni
en Ceuta en Agosto de 2021 ni en Melilla en Junio de 2022. Urge una política de migraciones que
respete los derechos humanos y proteja a los más vulnerables, especialmente cuando son niños, niñas,
y están solos”.
Según Lourdes Reyzábal, presidenta de Fundación Raíces, “resulta frustrante comprobar que las
administraciones públicas siguen vulnerando los derechos fundamentales de las personas migrantes y
en especial de los niños y niñas que llegan solos a España y nos llena de impotencia que esto siga
ocurriendo a pesar de los múltiples pronunciamientos judiciales que, sobre este asunto, obtuvimos hace
más de 12 años y cuyo contenido se niegan a asumir nuestros distintos Gobiernos”.
Según Paloma García de Viedma, abogada de Fundación Raíces, “ni las situaciones de excepcionalidad,
ni las entradas supuestamente masivas, ni los acuerdos con Marruecos para el control fronterizo,
autorizan a las administraciones públicas a prescindir de las garantías necesarias para la protección de
los derechos fundamentales. Es lamentable que, como comprobamos en Ceuta y se ha demostrado
dolorosamente en Melilla, sea necesario que los Tribunales le recuerden esto a las autoridades”.
Contactos:
Patricia Fernández Vicens. Abogada en Coordinadora de Barrios. Telf: 649 625 622
patriciafernandez@icam.es
Javier Baeza. Presidente de  Coordinadora de Barrios. Telf: 605 085 570
javibaa@movistar.es
Paloma García de Viedma Alonso. Abogada en Fundación Raíces. Telf: 608 469 423
paloma.garcia@fundacionraices.eu
Lourdes Reyzábal. Presidenta de Fundación Raíces. Telf: 609 05 05 49
lourdes.reyzabal@fundacionraices.eu

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